miércoles, 8 de agosto de 2012

TERCERA Y ÚLTIMA PARTE DEL ANTEPROYECTO DE LA LEY DE DESARROLLO DOCENTE

La nueva Ley considera la evaluación permanente de las y los docentes.

La última parte de la LDD:
CAPÍTULO XIV
DE LAS SITUACIONES ADMINISTRATIVAS

Artículo 63º.- Servicio activo en la Carrera Pública Magisterial
El profesor se encuentra en servicio activo en la Carrera Pública Magisterial desde que toma posesión del cargo en razón de la Resolución de su nombramiento.

Artículo 64º.- Reasignaciones
La reasignación es la acción de personal mediante la cual el profesor se desplaza de un cargo a otro igual o similar, en cualquiera de las áreas magisteriales, sin modificar el Nivel Magisterial alcanzado.
Se efectúa previa publicación de las plazas vacantes presupuestadas y antes de los concursos para nombramiento o contrato. El Reglamento de la presente Ley establecerá los criterios y condiciones para la reasignación.
Artículo 65º.- Causales de reasignación
Las reasignaciones son otorgadas mediante resolución de la instancia educativa descentralizada de destino, en plazas debidamente financiadas, y proceden:
a) Por razones de salud que impidan al docente prestar servicios en forma permanente en la Institución Educativa desde la cual solicita la reasignación. Las razones de salud indicadas en el certificado médico que sustente la solicitud de reasignación son nueva y debidamente comprobadas por la Unidad de Gestión Educativa Local de destino a través de instituciones médicas.
b) Por interés personal o unidad familiar. En este caso se requiere haber trabajado por lo menos tres (3) años en la Institución Educativa desde la cual se solicita la reasignación.
c) Por necesidad de servicio cuando lo exija el comportamiento de la matrícula de los estudiantes, en cumplimiento del artículo 90º de la Ley General de Educación, Ley Nº 28044. Asimismo, para efectos de restaurar el clima laboral y garantizar el servicio educativo en los casos de ruptura de relaciones humanas.
d) Por evacuación y emergencia.

Artículo 66º.- Rotación
Es la acción de personal que consiste en la reubicación del profesor al interior de la entidad administrativa. La decisión corresponde a la Unidad de Gestión Educativa Local o la entidad correspondiente cuando es dentro del lugar habitual de trabajo o con el consentimiento del profesor involucrado, en caso contrario. La reubicación no se da al interior de la institución educativa. El Reglamento de la presente Ley establecerá los criterios y condiciones para la rotación.

Artículo 67º.- Permuta
La permuta es la acción de personal que se realiza cuando dos docentes del mismo Nivel Educativo y Magisterial acuerdan intercambiar su permanencia en las Instituciones Educativas donde laboran. La solicitud de permuta procede luego de permanecer, por lo menos, dos (2) años trabajando en la Institución Educativa de origen.

Artículo 68º.- Encargo
El encargo es la acción de personal que consiste en ocupar el puesto del titular mientras dure la ausencia de este, para desempeñar funciones de responsabilidad directiva. El encargo es de carácter temporal y excepcional, no genera derechos y no puede exceder el periodo del ejerció fiscal. El reglamento de la presente Ley establecerá los requisitos correspondientes.

Artículo 69º.- Licencias
La licencia es el derecho y la autorización que tiene el profesor para no asistir a la Institución Educativa por uno (1) o más días. Se formaliza mediante resolución de la autoridad competente. Los profesores tienen derecho a licencias:
b) Con goce de remuneraciones
a.1 Por incapacidad temporal.
a.2 Por maternidad, paternidad o adopción.
a.3 Por siniestros.
a.4 Por fallecimiento de padres, cónyuge o hijos por ocho (8) días calendario a partir del día de fallecimiento, si el deceso se produce en la provincia donde presta servicios el profesor, y por quince (15) días calendario si se produce en provincia distinta.
a.5 Por becas para su perfeccionamiento o especialización en Educación y especialidades afines, autorizadas por el Ministerio de Educación y los Gobiernos Regionales, sea en el país o en el extranjero, hasta por dos años, en estricto orden de capacidad y méritos.
a.6 Para realizar previo concurso, innovaciones pedagógicas o investigaciones de conformidad a los programas y cuotas que establece el Ministerio de Educación.
a.7 Por capacitación organizada y/o autorizada por el Ministerio de Educación y los Gobiernos Regionales.
a.8 Por asumir representación oficial del Estado Peruano en eventos nacionales y/o internacionales de carácter científico, educativo, cultural y deportivo.
a.9 Por citación expresa, judicial, militar o policial.
a.10 Por desempeño de funciones públicas y/o cargos de confianza, de acuerdo a Ley.
a.11 Por desempeño de cargos de consejero regional o regidor municipal, equivalente a un (1) día de trabajo semanal mensual por el tiempo que dure su elección.
a.12 Por representación sindical.
b) Sin goce de remuneraciones
b.1 Por motivos particulares distintos a los detallados en el acápite b).
b.2 Por capacitación no oficializada.
b.3 Por enfermedad grave del padre, cónyuge e hijos.
b.4 Por desempeño de funciones públicas rentadas.

CAPÍTULO XV
DEL PROCESO DE RACIONALIZACIÓN DE PLAZAS

Artículo 70º.- Obligatoriedad de la racionalización
La racionalización de plazas en las instituciones educativas públicas es un proceso permanente, obligatorio y prioritario, orientado a optimizar la asignación de plazas docentes en función de las necesidades reales y verificadas del servicio educativo.
Artículo 71º.- Responsabilidad del proceso de racionalización
El Ministerio de Educación dicta las normas aplicables al proceso de racionalización. El proceso de racionalización está a cargo de las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de gestión Educativa Local, según corresponda, debiendo identificar excedencias y necesidades de plazas de personal docente de las instituciones educativas, buscando equilibrar la oferta y demanda educativa.
El reglamento establecerá el procedimiento de racionalización de plazas docentes, teniendo en cuenta la modalidad y forma educativa, la realidad geográfica y socio-económica, así como las condiciones pedagógicas y limitaciones de la infraestructura educativa.

TÍTULO SEXTO
DEL PROFESOR CONTRATADO
CAPÍTULO XVI
DEL PROFESOR CONTRATADO

Artículo 72º.- El profesor contratado no forma parte de la Carrera Pública Magisterial y accede a ella al aprobar el correspondiente concurso público de nombramiento establecido en la presente Ley.

Artículo 73º.- La contratación se realiza previo concurso público de selección, de acuerdo a la política establecida por el Ministerio de Educación. Quienes asumen la función docente por primera vez participan en el programa de inducción docente establecido en la presente Ley.

Artículo 74º.- Los deberes y derechos del profesor contratado serán precisados en el reglamento de la presente Ley.

Artículo 75º.- La remuneración del profesor contratado se determina por Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Educación y por el Ministerio de Economía y Finanzas. En ningún caso podrá exceder la remuneración del nivel I de la Carrera Pública Magisterial.

Artículo 76º.-Para ser contratado como profesor suplente por periodos menores a 30 días, debe haber aprobado un proceso de selección de acuerdo al artículo 72° de la presente Ley. Estos contratos deberán ser registrados en las plazas a las que se otorgue licencia, y que se encuentren contempladas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA.- Los profesores nombrados pertenecientes al régimen de la Ley del Profesorado Nº 24029 comprendidos en los niveles I, II, III, IV y V, serán ubicados en los niveles I y II de la Carrera Pública Magisterial a que se refiere la presente Ley. Para facilitar su acceso a los niveles III, IV, V y VI el Ministerio de Educación convocará excepcionalmente dos concursos públicos nacionales.

SEGUNDA.- Los profesores nombrados sin título pedagógico pertenecientes al régimen de la Ley del Profesorado Nº 24029 ubicados en las categorías remunerativas A, B, C, D y E, así como los auxiliares de educación, serán ubicados en una escala transitoria y se regirán por la presente Ley en lo que corresponda. Mediante decreto supremo refrendado por el Ministerio de Educación y por el Ministerio de Economía y Finanzas, se establecerá la vigencia, condiciones y montos de esta escala transitoria, la cual deberá incorporar en uno solo todos los conceptos que vienen percibiendo los profesores de las categorías remunerativas señaladas en la presente disposición.

TERCERA.- Los profesores que laboran en los Institutos y Escuelas de Educación Superior, serán ubicados en una escala transitoria, que unifique los ingresos que perciben y se regirán por la presente Ley en lo que corresponda, en tanto se apruebe su Ley de Carrera específica. Dicha Ley deberá ser propuesta por el Ministerio de Educación en un plazo no mayor de 180 días calendario a partir de la aprobación de la presente Ley.

CUARTA.- Los profesores nombrados en el nivel I de la Ley 29062, que participaron en los concursos públicos de nombramiento realizados entre los años 2008 y 2011, serán reubicados en el nivel II de la presente Ley; asimismo, los profesores incorporados en la Ley 29062, en los niveles II, III, IV y V, que participaron en los concursos públicos realizados entre los años 2009 y 2011, serán reubicados en los niveles III, IV, V y VI, respectivamente.

QUINTA.- Excepcionalmente, únicamente en la primera convocatoria de concurso público para ocupar plazas de Director de Unidad de Gestión Educativa Local, Director de Gestión Pedagógica de la Dirección Regional de Educación o Unidad de Gestión Educativa Local, Especialista en Educación, Especialista en Innovación o Investigación, Director de institución educativa, Subdirector y Personal Jerárquico, podrán participar docentes del nivel II que cumplan el tiempo de servicio docente efectivo y requisitos señalados en la convocatoria. Su permanencia en el cargo se sujeta a las reglas Contempladas en la presente Ley.

SEXTA.- Se concede una prórroga final de dos años para que los profesores en actual servicio sin título pedagógico, obtengan y acrediten el correspondiente título profesional. Cumplida esta exigencia ingresarán al primer nivel de la Carrera Pública Magisterial, previa evaluación. Quienes tienen títulos profesionales universitarios distintos al pedagógico ingresarán al primer nivel de la Carrera Pública Magisterial cuando obtengan su título pedagógico y aprueben la correspondiente evaluación.
Vencido el plazo previsto, si no han acreditado contar con el título profesional, serán retirados del servicio público magisterial.

SÉTIMA.- El Ministerio de Educación en coordinación con el Instituto Nacional de Estadística e Informática actualizará la determinación de los ámbitos territoriales considerados como rurales y de frontera, a fin de efectivizar el pago de estas asignaciones en los términos de la presente Ley.

OCTAVA.- Adicionalmente a las asignaciones establecidas en la presente ley, los profesores que laboran en el Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEm) percibirán una asignación especial, cuya vigencia, periodicidad y monto serán fijados por Decreto Supremo.

NOVENA.- Para asegurar el financiamiento de la ley y garantizar su aplicación ordenada, los montos establecidos por concepto de remuneraciones y asignaciones se efectivizarán en dos tramos. En el primero, coincidente con la fecha de vigencia de la ley, se modificará la remuneración íntegra mensual de los profesores. En el segundo tramo, a partir del primero de enero de 2014, se modificarán las asignaciones establecidas en la ley.

DÉCIMA.- El Ministerio de Educación reglamentará la presente Ley en un plazo no mayor de noventa (90) días calendario de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
PRIMERA.- A partir de la vigencia de la presente Ley, todos los profesores nombrados e interinos, y quienes ingresen o reingresen a prestar servicios en el sistema educativo público, se rigen por sus disposiciones.

SEGUNDA.- Para el cálculo de la asignación por tiempo de servicios se consideran los servicios prestados bajo los regímenes de la Ley del Profesorado 24029 y de la Ley 29062, incluyendo el tiempo de servicios prestado en la condición de contratado por servicios personales.

TERCERA.- El tiempo de ejercicio del cargo de Director Regional de Educación o equivalente, por parte de un profesor comprendido en la Carrera Pública Magisterial contemplada en la presente Ley, se cuenta para efectos del tiempo de permanencia en el nivel de carrera.

CUARTA.- Mientras las instituciones superiores de formación docente no estén acreditadas por el Sistema de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, para efectos de la aplicación del artículo 16º inciso a., se reconocen los títulos de profesor o de licenciado en educación otorgados por los Institutos y Escuelas Superiores autorizadas por el Ministerio de Educación y por las Facultades de Educación de universidades, reconocidas por la Asamblea Nacional de Rectores.

DISPOSICIONES FINALES DEROGATORIAS
PRIMERA.- A partir de la vigencia de la presente ley queda suprimido todo concepto remunerativo no considerado en la presente ley.

SEGUNDA.- Deróganse las Leyes 24029, 25212, 26269, 28718, 29062 y 29762 y déjense sin efecto todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente Ley.

TERCERA.- La presente Ley entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

sábado, 4 de agosto de 2012

LEY DE DESARROLLO DOCENTE: TODOS LOS PROFESORES VERÁN AUMENTADAS SUS REMUNERACIONES.


    Fernando Bolaños Galdós: Ningún profesor de la Carrera Pública Magisterial sufrirá recorte en su sueldo.
    La ministra de educación aún no anuncia los montos que percibirán los docentes dentro de la nueva Ley de Desarrollo Docente (LDD), pero todos verán aumentadas sus remuneraciones, lo afirmó el Viceministro de Gestión Institucional, Dr. Fernando Bolaños, la mañana de hoy en radio Cutivalú. 
    Aseveró que ningún docente incorporado en la Carrera Pública Magisterial sufrirá recorte en su sueldo, más bien pasará a un nivel superior en la LDD que tendrá 8 niveles.
    Respecto al personal que labora en la zona rural, agregó que tendrá una asignación especial así como aquel que lo haga en lugares alejados de frontera.
    Dijo que en la nueva norma se evaluará el desempeño de las y los docentes en el aula, mediante la presentación, por ejemplo, de portafolios, que es una colección de lo que hace el profesor junto a sus estudiantes, o también a través de evidencias como son los vídeos.
    Cuando se le interrogó sobre el tratamiento que recibirá el personal intitulado, manifestó que habiendo tanta oferta para que se profesionalicen, ya es hora de que se "pongan las pilas", de tal manera que puedan ingresar con todos los derechos a la nueva Ley. 
    Aseguró que la LDD está financiada, por ese motivo se ha demorado su preparación, para no repetir el mismo error que se cometió anteriormente en la Ley de Carrera Pública Magisterial.
    Finalizó diciendo que esperan que la nueva norma se apruebe en la legislatura de agosto y entre en vigencia en septiembre o a más tardar en octubre.      
      
         

miércoles, 1 de agosto de 2012

EN EL DISTRITO DE YAMANGO, PROVINCIA DE MORROPÓN, SÓLO CAPTAN UNA RADIO.

    El propietario de la Radio Campesina afirma que sí tiene licencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
En Yamango sólo se escucha RCC, "la radio andina". Esta expresión que podría ser un eslogan publicitario de aquella emisoraes una condena  a la que se ven sometidos los pobladores y pobladoras de Yamango, desde hace año y medio,  debido a que no pueden sintonizar otra radio. Así lo denunció el ciudadano yamanguino Santos López Paz. Manifestó que es con la instalación de la antena de RCC, radio Campesina, cuando empieza el problema porque de pronto invadió todo el dial, desapareciendo la señal de las demás emisoras. 
Santos López Paz afirma que ya han cursado dos memoriales a las autoridades correspondientes, lográndose que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones visite las instalaciones de RCC, pero la situación no cambió.

lunes, 30 de julio de 2012

EL TALLÁN: SE INICIÓ EL ASFALTADO DE TRES CALLES.

Calle "San Juan" de Sinchao Grande, una de las vías que será asfaltada.
Consorcio Tallán, por encargo del Gobierno Regional de Piura, empezó hace dos semanas, los trabajos de asfaltado y construcción de veredas en tres calles de Sinchao Grande, capital del distrito de El Tallán, provincia y región de Piura. Así lo informó el comunicador Gaspar Silva Mechato, natural de este lugar. La obra demandará una inversión de un millón doscientos mil Nuevos Soles, aproximadamente. 
La empresa (que ganó hace dos meses exactamente la licitación convocada por el Gobierno Regional ) se encargará de construir pistas, sardineles y veredas en las calles "San Juan", "Jorge Chávez" y "Túpac Amaru" de Sinchao Grande. De esta manera se mejorará el tránsito en estas vías ubicadas en forma de U gigante, desde la Plaza de Armas hasta el Local Comunal.
Asimismo, debemos agregar que la Municipalidad Distrital de El Tallán por su parte construye el cerco perimétrico del Puesto de Salud a un costo de ciento cincuenta mil Nuevos Soles.

LEY DE DESARROLLO DOCENTE: CARRERA MAGISTERIAL TENDRÁ SIETE NIVELES.

Las niñas y los niños de la zona rural del Perú son quienes más necesitan una revolución educativa.  
La nueva Ley de Desarrollo Docente ampliará a siete niveles la carrera magisterial a fin de que la norma cubra toda la vida laboral de los profesores y reconozca su esfuerzo, precisó hoy la ministra de Educación, Patricia Salas.  
“Actualmente, tanto en la Ley del Profesorado como en la Ley de Carrera Pública Magisterial, el quinto nivel es el límite de ascenso. Nos interesa que la carrera docente sea más larga, es decir, que alcance el conjunto de la vida laboral de los docentes”, manifestó la ministra al Diario Oficial El Peruano. Tras señalar que un docente de 45 o 50 años no tiene más posibilidades para mejorar su condición laboral hasta que se jubile, la nueva norma propone que se amplíe hasta el séptimo nivel, lo cual le permitirá alcanzar mejores remuneraciones. 
En cuanto a la evaluación del desempeño docente, Salas O’ Brien refirió que el proyecto legal que se presentará al Congreso propone analizar cuatro dominios: conocimiento de la especialidad, ejercicio pedagógico, práctica psicológica (vínculo del maestro con su alumno) y el curricular. 
Además, se considera capacitar a los profesores en lo que es la función pública, porque dentro de la carrera pública participarán los especialistas y funcionarios de las Unidades de Gestión Educativa Local (Ugel) y de las direcciones regionales de educación. 
Con el propósito de hacer más inclusiva la nueva carrera docente, la ministra afirmó que el nuevo régimen laboral establecerá una serie de asignaciones y bonificaciones adicionales para los docentes de la escuela rural unidocente y multigrado. 
Para quienes trabajen en la zona del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) se ha previsto asignarles una bonificación, subrayó. “Si además trabajan en zonas rurales, habrá una bonificación más. Y si trabajan en una zona quechuahablante o de lengua amazónica, otra más. En total tendrá tres bonificaciones”, enfatizó. 
Patricia Salas instó a los docentes de las 45 mil escuelas educativas públicas de todo el país, a confiar en la nueva propuesta de ley que su gestión elabora. 
“La norma les permitirá mejorar sus actuales condiciones de trabajo porque tiene un conjunto de instrumentos pedagógicos y estímulos que los ayudará a ser mejores docentes”, concluyó.
Tomado de la Agencia Peruana de Noticias Andina

sábado, 28 de julio de 2012

DOCENTES NO RECIBIRÁN AUMENTOS: DISCURSO DE OLLANTA HUMALA

Magisterio fue postergado una vez más a pesar de sus reclamos. 
Estamos presentando un proyecto para el desarrollo docente en base a la meritocracia y a la innovación, anunció hoy en su discurso el Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso. 
No habló del anhelado aumento de remuneraciones que el magisterio esperaba con expectativa. 
Afirmó que su gobierno ya trabaja por mejorar los aprendizajes de los estudiantes y, entre los logros de su gestión, mencionó el programa Beca 18 que hasta el momento ya ha beneficiado a 4 000 estudiantes de carreras técnicas y universitarias.

lunes, 23 de julio de 2012

ENTÉRATE DE QUIÉNES SON LOS NUEVOS MINISTROS DE HUMALA

El abogado Juan Jiménez Mayor es el nuevo Primer Ministro de Perú.
El jefe del Estado, Ollanta Humala, tomó juramento hoy a los nuevos ministros de Defensa, Pedro Cateriano; del Interior, Wilfredo Pedraza; de Salud, Midori de Habich; de Justicia, Eda Rivas; y de Agricultura, Milton Von Hesse. 
A continuación, un resumen de la hoja de vida del flamante presidente del Consejo de Ministros, Juan Jiménez Mayor; y de los cinco nuevos integrantes del gabinete. 
Juan Jiménez Mayor es abogado graduado de la Pontificia Universidad Católica del Perú y de la Maestría de Derecho Constitucional de esta casa de estudios, donde también es profesor de Investigación Jurídica, Derecho Constitucional y Gestión Pública y Administración de Justicia. 
Es experto internacional en temas de justicia y ha trabajado en importantes proyectos de reforma y modernización judicial como el Plan Nacional de Reforma Integral de la Administración de Justicia de la Comisión Especial para la Reforma Integral de la Administración de Justicia (Ceriajús). 
También se ha desempeñado como asesor del Ministerio de Relaciones Exteriores para asuntos jurídicos, agente titular del Estado peruano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, asesor del Consejo de la Prensa Peruana, directivo del Colegio de Abogados de Lima, y asesor principal de la Misión de Observación Electoral de la Organización de Estados Americanos para las elecciones en Guatemala (2007) y Paraguay (2008). 
El flamante ministro de Agricultura, Milton Von Hesse La Serna, quien reemplaza al piurano Luis Ginocchio, es economista egresado de la Universidad del Pacífico, donde ha sido profesor del Departamento Académico de Economía, y ostenta un Master of Arts in Economics por Georgtown University. 
Asimismo, ha sido coordinador del proyecto de descentralización y gobernabilidad en el sector agua y saneamiento del Programa de Agua y Saneamiento del Banco Mundial, gerente de regulación de Aeropuertos del Perú. 
Entre los últimos cargos desempeñados figura el de director general de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas y director Ejecutivo de Pro Inversión. 
La nueva ministra de Salud, Midori de Habich, es bachiller en Economía por la Pontificia Universidad Católica del Perú y cuenta con una maestría en Política y Planificación Económica en el Instituto de Estudios Sociales The Hague de Holanda. 
Según su hoja de vida, la reemplazante de Alberto Tejada cuenta con más de 25 años de experiencia en la investigación y el diseño de políticas, así como diez años brindando asistencia técnica a los sistemas de gestión y financiamiento dentro del sector salud en el Perú. 
Ha sido jefa del Proyecto USAID - Perú - Políticas en Salud y responsable de la supervisión técnica, contractual y financiera de todas las actividades del proyecto; jefa del Departamento, Indicadores Macroeconómicos del Banco Central de Reserva del Perú; y asesora del Ministerio de Salud. 
Pedro Cateriano, nuevo ministro de Defensa en reemplazo de José Urquizo, es abogado especialista en derechos constitucional con doctorado en el Instituto José Ortega y Gasset de España. 
También ha sido diputado entre 1990 y 1992 e integró las comisiones Consultiva del Ministerio de Justicia y de Reforma Constitucional dirigidas por el ex presidente de la República, Valentín Paniagua. 
Entre 2001 y 2002 fue viceministro de Justicia y actualmente se desempeñaba como agente del Estado peruano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos para el caso Chavín de Huántar. 
Wilfredo Pedraza, nuevo ministro del Interior en reemplazo de Wilver Calle, es abogado con 16 años de experiencia profesional, con dominio en el patrocinio de casos penales en instancias administrativas, Policía Nacional, Ministerio Público y Poder Judicial. 

Ha sido consultor y docente universitario en Derecho Penal en diversas universidades y ha ejercido en dos ocasiones, el cargo de presidente del Instituto Nacional Penitenciario-INPE. 
También fue coordinador de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad y Reconciliación; director del Programa de Asuntos Penales y Penitenciarios de la Defensoría del Pueblo; coordinador general de la Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc de Indultos, entre otros cargos públicos y privados. 
La nueva ministra de Justicia, Eda Rivas Franchini, es abogada egresada de la Universidad Católica y con estudios de postgrado y especialización en la Universidad Las Palmas y la Universidad de Castilla La Mancha de España. 
También cuenta con una especialización en Estrategias de Negociación y Comunicación Eficaz en la Gestión de Conflictos Sociales en la Universidad Católica. 
En agosto de 2011, Rivas Franchini fue nombrada jefa del Gabinete de Asesores del Ministerio de Justicia, y posteriormente asumió el cargo de consejera del Consejo de Defensa Jurídica del Estado. 
Hasta el momento, se desempañaba como viceministra de Justicia.
Tomado de Andina

viernes, 20 de julio de 2012

PRESIDENTE REGIONAL INSPECCIONÓ CONSTRUCCIÓN DE NUEVA CARRETERA PIURA TAMBOGRANDE.


El Presidente Regional Javier Atkins Lerggios, supervisó hoy el avance de los trabajos en la nueva carretera Piura Tambogrande constatando que éstos están dentro de lo programado. Sin embargo indicó que próximamente se contará con más maquinaria y vehículos para agilizar la obra.
En esta inspección se contó con la presencia de la Gerente Regional de Infraestructura, Ing. Margarita Rosales y el ingeniero Alejandro Olazábal Checa, mientras que en la obra, el Presidente se entrevistó con el ingeniero Raúl Montestruque, quien explicó que actualmente se trabaja en el Km 14 de los 27,5 que comprende la carretera. El funcionario detalló que, teniendo en cuenta la magnitud de la obra y los grandes volúmenes de movimiento de tierras, es necesario alquilar maquinaria y otros servicios para incrementar el avance de obra, con ello se puede conformar otra unidad de producción y poder acelerar el avance de los trabajos y cumplir con los plazos establecidos en el cronograma.
A la fecha se ha presentado un expediente técnico modificado donde se está considerando el empleo de 03 nuevas canteras, más cerca de la obra, con menos distancias de transporte, lo que esta permitiendo optimizar costos y tiempo.


Estos materiales cumplen las especificaciones técnicas para la construcción de carreteras del MTC y su empleo es solamente para la conformación de terraplenes (rellenos). El material se está  extrayendo de la cantera de San Pedrillo; mientras que para la sub base granular y base granular, se contará con el hormigón procedente de la cantera de la quebrada San Francisco.
Se reitera que los cambios realizados son solo a nivel de terraplén (relleno). Este material ha conservado su estabilidad de manera adecuada ante las lluvias producidas en los meses de marzo y abril del presente año, en la zona de Angostura, en la margen izquierda del río Piura.
Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional del Gobierno Regional

INSTITUCIÓN EDUCATIVA "JORGE BASADRE" DE PIURA ES EL CAMPEÓN REGIONAL DE VOLEIBOL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS ESCOLARES

La Institución Educativa "Jorge Basadre" del Asentamiento Humano Santa Rosa, sector oeste de la ciudad de Piura, se coronó ayer jueves en horas de la tarde como campeón femenino regional de voleibol, categoría B sub 14, en el marco de los Juegos Deportivos Escolares 2012. Fue al vencer a la Institución Educativa "Santa Úrsula" de Sullana por dos sets a cero.
El vibrante partido, disputado en el coliseo "Miguel Gerónimo Seminario y Jaime", fue ganado por las escolares santarrosinas con los puntajes de 25 a 21 y 25 a 18 en el primer y segundo set respectivamente.
El equipo campeón, impulsado por su capitana Shirley Arellano Maldonado, secundada por Rosita Osorio Córdova y Shirley García, superó al fuerte equipo de la Perla del Chira en una hora de juego, aproximadamente. Las dos primeras jugadoras forman parte de la selección de voleibol de Piura. 
Después de haber ocupado el primer lugar en la etapa regional, el sexteto de "Jorge Basadre", dirigido por Alejandro Panta Pellegrín, tendrá que trasladarse a Chiclayo para dirimir por la supremacía en el norte del Perú, así lo manifestó su director Manuel Córdova Pintado, quien se mostró satisfecho por el logro de las estudiantes, agregando que no es la primera vez que el colegio de Santa Rosa obtiene un lauro como este en voleibol o en fútbol.
En esta IE cursan sus estudios unos 2400 escolares de ambos sexos, lo que permite que se pueda seleccionar a los mejores cultores de estas disciplinas deportivas.

sábado, 14 de julio de 2012

INAUGURAN PLANTA DE MAPLE ETANOL EN SULLANA: GENERARÁ QUINIENTOS PUESTOS DE TRABAJO.

El presidente regional Javier Atkins Lerggios inauguró hoy la moderna planta de Maple Etanol que aportará 500 mil dólares anuales durante 20 años, al Gobierno Regional, con la finalidad de ser utilizados en el desarrollo económico y social sostenido de la población. 

El proyecto iniciado hace cinco años ha significado una inversión de 275 millones de dólares, creando 4 mil puestos de trabajo directos, durante su construcción, de los cuales el 80 por ciento fueron de la zona de influencia. A partir de su funcionamiento dará trabajo a 500 personas y generará 4 mil 500 plazas más de manera indirecta
El aporte que entregará al Estado permitirá generar capacidades en la población, promover proyectos productivos, no solo en la zona de influencia, sino que serán invertidos también en la forestación y reforestación de las zonas altas de las cuencas, desde donde viene el agua utilizada, manifestó la Autoridad Regional. 
Javier Atkins mostró su satisfacción de que en un año se han inaugurado dos plantas de procesamiento de caña de azúcar en nuestra región. “Es bueno observar como la región se viene transformando con el empuje de la empresa privada que confía en sus autoridades y en la gestión pública”, sostuvo. En ese sentido, destacó que el gobierno que preside, está continuando lo que hizo bien la anterior gestión. 
“Este proyecto que ya no es tal, sino una realidad, nos hace sentir orgullosos de tener un presente y futuro en el que podemos ser protagonistas de ese cambio”, dijo. También resaltó la modernización de la refinería de Talara por los beneficios que dará a la región con la generación de fuentes de trabajo y divisas; así como el beneficio para Talara y Paita donde se emsamblarán los equipos y maquinarias necesarias. 
Por ese motivo, agregó se hace necesario que los 27 institutos tecnológicos de la región actualicen sus currículas de acuerdo a la necesidad del mercado. 
Maple producirá alcohol anhidro (etanol) y generará electricidad a partir del procesamiento de la caña de azúcar, sembrada en 10 mil 500 hectáreas de cultivo, irrigadas de manera mecanizada. 
Según explicó el gerente general de Maple Etanol, Guillermo Ferreiros, en una primera etapa se siembra, riega por goteo y se cosecha la caña, impulsando el agua desde las estaciones de bombeo de El Arenal y Macacará. En una segunda etapa, en la planta de producción, se obtiene el etanol a través de la fermentación y destilación. 
Este biocombustible es destinado al mercado local e internacional. En un tercer momento la planta utiliza el vapor a través de un turbo generador, producirá 37 Megavatios, 20 de los cuales se utilizan para el funcionamiento de la fábrica y 17 se incorporarán al sistema interconectado. 

Cabe mencionar que en la gestión anterior de César Trelles Lara, el Gobierno Regional de Piura vendió a la transnacional  Maple, 10 684,15 hectáreas de tierras supuestamente eriazas a 60 dólares cada una. El Proyecto Chira Piura le adjudicó agua de riego en un proceso sumamente veloz. Agregaremos que  parte de las tierras vendidas se encontraban ocupadas por pobladores de la zona y sin el debido saneamiento legal.

JOVEN HUANCABAMBINO, EXSOLDADO DEL EJÉRCITO, GANA BECA 18 PARA ESTUDIAR MEDICINA EN UNIVERSIDAD CIENTÍFICA DEL SUR

El ex soldado de caballería del ejército peruano, EDWIN QUEVEDO PEÑA, que  cursó primaria en la I.E. 15453 "San Francisco de Asís"...

¡HERMOSO PAISAJE PIURANO!

¡HERMOSO PAISAJE PIURANO!
Arco iris captado desde el sector sur de la ciudad de Piura. Aparecen también el río Piura y el puente Bolognesi.

A pesar de nuestra pobreza también podemos sonreír.

A pesar de nuestra pobreza también podemos sonreír.
Niñas de primer grado "A"

Seamos como ellos que tienen el alma buena.

Seamos como ellos que tienen el alma buena.
Niños de primer grado "A"

Traduce mi blog al idioma que desees.

EL FUTURO DEL ATLETISMO PURANO

EL FUTURO DEL ATLETISMO PURANO
Vacaciones Útiles 2016 IPD Piura

Mabel en el frontis del rectorado de la Universidad Nacional de Piura.

Mabel en el frontis del rectorado de la Universidad Nacional de Piura.
Junto al busto del "Caballero de los Mares"

LA CARRETERA DEL KM 21 A SU PASO POR EL CASERÍO DE LOCUTO.

LA CARRETERA DEL KM 21 A SU PASO POR EL CASERÍO DE LOCUTO.
Gracias a ella el tiempo para llegar a Tambogrande se ha reducido a la mitad

La Laguna del Finado Goyo

La Laguna del Finado Goyo
Sinchao Grande, El Tallán

Ex alumnos de la I.E "El Tallán" en proyecto de segregación de residuos sólidos

Ex alumnos de la I.E "El Tallán" en proyecto de segregación de residuos sólidos
Haciendo la compostera donde se echaría guano de corral y desechos vegetales

Ex alumnos de la Institución Educativa "El Tallán"

Ex alumnos de la Institución Educativa "El Tallán"
Milagros Coveñas Flores y José Daniel Silva Martínez (año 2 009)

OCASO DEL ASTRO REY EN EL BOSQUE SECO DE LOCUTO

OCASO DEL ASTRO REY EN EL BOSQUE SECO DE LOCUTO
CASERÍO EL CARMEN

Proyecto de segregación de residuos sólidos

Proyecto de segregación de residuos sólidos
Estudiantes de primaria

Los contenedores de colores según la norma técnica Peruana

Los contenedores de colores según la norma técnica Peruana
Segregación de Residuos Sólidos

Haciendo la compostera

Haciendo la compostera
¿Los reconocen?

Éricka Fernández Ipanaqué en su exposición

Éricka Fernández Ipanaqué en su exposición
Sexto grado-año 2 010

Niñas y niños de primer grado de primaria

Niñas y niños de primer grado de primaria
Utilizando las laptop XO

Cristhian Ismael Vílchez Montenegro y compañeros exponiendo un trabajo

Cristhian Ismael Vílchez Montenegro y compañeros exponiendo un trabajo
Sexto grado-Año 2 010

Manuel Adahilton Risco Coveñas exponiendo un trabajo

Manuel Adahilton Risco Coveñas exponiendo un trabajo
Sexto grado-año 2 010

Fermín Alejandro Huertas Zapata exponiendo

Fermín Alejandro Huertas Zapata exponiendo
Sexto grado-año 2 010

Duberth Mena Coveñas y Diego Alonso Luna Yovera

Duberth Mena Coveñas y Diego Alonso Luna Yovera
Sexto grado-año 2 010

Otoniel Zapata Martínez, acompañado de Luis Yovera Silva, en su exposición

Otoniel Zapata Martínez, acompañado de Luis Yovera Silva, en su exposición
Sexto grado-año 2 010

Mabel en la facultad de zootecnia de la Universidad Nacional de Piura.

Mabel en la facultad de zootecnia de la Universidad Nacional de Piura.
Junto a una de las vacas del establo.

Sinchao Grande, El Tallán

Sinchao Grande, El Tallán
Calle San Luis