Continuando con el tema de los 59 profesores que recibieron la bonificación del 15% por discapacidad y ascendieron de escala magisterial en el último concurso convocado por el MINEDU, un colaborador de este blog nos alcanzó la Resolución Ministerial N° 981 del 21 de diciembre de 2016 del MINSA, la cual aprueba la Norma Técnica de Salud para la Evaluación, Calificación y Certificación de la Persona con Discapacidad.
Este documento establece, en sus disposiciones generales, que "los certificados de discapacidad serán expedidos por el médico rehabilitador, el médico cuya especialidad esté relacionada al diagnóstico de discapacidad, médicos cirujanos capacitados para tal fin, en establecimientos del Ministerio de Salud, Gobiernos Regionales, Sanidades de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú, EsSalud, INPE, Gobiernos Locales y privados autorizados".
Precisa, además, que "la persona solicitante del certificado de discapacidad es evaluada en su capacidad anatómica y funcional relacionada a los signos y síntomas evidentes, con el apoyo de exámenes de ayuda al diagnóstico, e interconsultas en caso lo requiera para determinar el daño, etiología, deficiencias, limitaciones en la actividad y restricción en la participación; debe ser realizada por el médico rehabilitador, el médico cuya especialidad esté relacionada al diagnóstico de discapacidad o el médico cirujano capacitado".
Esta NTS debe servirle al Sistema Anticorrupción del Gobierno Regional para analizar la información que deberá alcanzarle la DREP. El fin no es quitarle la bonificación a quien le corresponda, sino descubrir si hubo gente que se aprovechó de la ley para ganar puntaje que le permitiera ascender y mejorar sus remuneraciones.
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